Jue. May 2nd, 2024
Las Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), aprobó con 8 votos a favor, declarar la inconstitucionalidad de transferir la Guardia Nacional (GN) a la Defensa Nacional.

Ciudad de México; 19 de abril de 2023.- Las Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), aprobó con 8 votos a favor, declarar la inconstitucionalidad de transferir la Guardia Nacional (GN) a la Defensa Nacional.

Los ministros consideraron que es violatorio al Art. 21 constitucional. Los ministros Arturo Saldivar, Loreta Ortiz y Yasmín Esquivel, votaron en contra.

Esta decisión de la máxima tribuna del país es un revés a la 4T y al Presidente López Obrador, impulsor de la misma. Algunas reacciones sobre esta resolución:

La SCJN Invalidó el traslado a la Secretaría de la Defensa Nacional del cúmulo de facultades orgánicas, administrativas, presupuestales y directivas de la Guardia Nacional, al considerar que el artículo 21 constitucional establece expresamente que dicha corporación será un ente civil y que su adscripción, así como la determinación de sus acciones, planes y programas, corresponden a la Secretaría del ramo de la seguridad pública, en el caso, a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

Invalidó la facultad del titular de la Secretaría de la Defensa Nacional para proponer el nombramiento de la persona titular de la Comandancia de la Guardia Nacional, quien debería contar con el grado jerárquico de Comisario General. Ello al considerar que esa facultad vulneraba la regla de adscripción a la Secretaría del ramo de la seguridad pública, aunado a que el requisito mencionado direccionaba el perfil del titular de la Comandancia hacia el ámbito de las Fuerzas Armadas.

Invalidó el régimen diferenciado del personal de la Guardia Nacional proveniente de la Policía Militar, el cual preveía, entre otros aspectos, que seguirían siendo considerados miembros activos del Ejército y Fuerza Aérea y quedarían sujetos al fuero militar para determinados delitos, toda vez que se contravenía el artículo 21 constitucional, porque distorsionaba el carácter civil de la Guardia Nacional, además de que se vulneraba el artículo 13 constitucional, porque expandía la jurisdicción militar a servidores que, de acuerdo con la Constitución Federal, deben ser civiles.

Validó el régimen de reasignación del personal de la Guardia Nacional proveniente de la Policía Naval; así como el régimen de la estructura orgánica, servicio de carrera y profesionalización del personal de la Guardia Nacional; y el subsistema de colaboración entre la Guardia Nacional y la Fuerza Armada para el desempeño de las funciones de seguridad pública.

Por Staff