Dom. May 5th, 2024
Diputados de Querétaro proponen cárcel de dos años a quien amedrente a deudores. Foto: Toma de internet.

Santiago de Querétaro, Qro., 21 de marzo de 2020.- Diputados Locales de Querétaro que integran la Comisión de Administración de Procuración de Justicia, aprobaron castigar hasta con dos años de cárcel a quien realice actividades de cobranza extrajudicial ilegal e incurra en el uso de documentos, sellos apócrifos o se usurpen funciones, con el objetivo de amedrentar, o acosar e incluso ofender a un deudor.

Derivado de la necesidad de establecer en el Código Penal como delito, la cobranza extrajudicial ilegítima, con la intención de inhibir dichas prácticas y que los despachos no actúen de forma ilegal causando agravios a los deudores, avales, referencias, familiares o terceras personas, la Comisión de Administración y Procuración de Justicia que integran los diputados Verónica Hernández Flores, Néstor Gabriel Domínguez Luna y Miguel Ángel Torres Olguín, aprobó la Iniciativa de ley que reforma disposiciones del Código Penal y Civil del Estado.

Dicha iniciativa pretende que , al requerir el pago de una deuda, ya sea propia del deudor, aval, o de alguien con quien el deudor o el aval se encuentren ligados y lleve a cabo la cobranza extrajudicial ilícita, se le impondrá prisión de seis meses a dos años y de ciento cincuenta a trescientos veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización como multa, además de las sanciones que correspondan, si para tal efecto se emplearon documentación o sellos falsos, o se incurre en usurparon funciones públicas o de profesión.

Se precisó que se entiende como cobranza extrajudicial ilegal el uso de la violencia, hostigamiento e intimidación, ya sea personalmente o a través de cualquier medio, para requerir el pago de un crédito o una deuda derivada de una obligación contenida en las leyes.

Por otra parte, no se considerará como cobranza extrajudicial legal, el informar de las consecuencias posibles y jurídicamente válidas del incumplimiento del pago adeudado cuando estas sean jurídicamente posibles.

Por Staff